Mortalidad Materna y aborto inseguro:
La mortalidad materna se define como la muerte de la mujer durante el embarazo, el parto o los 42 días posteriores al parto, por cualquier cosa relacionada o agravada por el embarazo, parto o puerperio, o su manejo, pero no por causas accidentales. A nivel internacional, la medida generalmente utilizada para identificase y evaluar la existencia y gravedad de las barreras para el acceso a los servicios de salud materna es la Razón de Mortalidad Materna (RMM), que se expresa por el número de mujeres que mueren durante el embarazo, parto o puerperio por cada 100.000 nacidos vivos.
Debido a que la mayoría de las muertes que se presentan bajo las circunstancias antes descritas son atribuibles a causas prevenibles, la mortalidad es un asunto derechos humanos y así ha sido reconocido por varios mecanismos internacionales. En 2009, el Consejo de Derechos Humanos de la Naciones Unidades reafirmó que la muerte materna es un asunto de derechos humanos y expresó su preocupación por alta RMM en el mundo. Asimismo,solicitó a los Estados renovar su compromiso de eliminar los casos de mortalidad y morbilidad materna prevenibles en cumplimiento de sus obligaciones adquiridas en materia de derechos humanos.
En 2011 el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (comité CEDAW) decidió sobre el primer caso de este tipo presentado a nivel internacional, en el cual condenó al Estado de Brasil por la falta de medidas efectivas para prevenir la muerte materna de una joven afrobrasileña.
Por otra parte, la reducción de la RMM en 75 % entre 1990 y 2015 fue incluida como parte de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). Dicha inclusión representa el compromiso de los Estados para reducir la muerte materna y mejorar los servicios de salud, reiterando sus compromisos internacionales en el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo - El Cairo 1994 y la Declaración de Beijing y su plataforma de acción de 1995.
De acuerdo con la Organización Mundial de Salud (OMS), todos los días mueren en el mundo 800 mujeres por causas relacionadas con el embarazo y el parto. La mayor parte de esas muertes son prevenibles y un porcentaje muy grande corresponde a mujeres en situación de vulnerabilidad: rurales, indígenas, afro descendientes y pobres. Las causas directas de la mortalidad materna incluyen la eclampsia y preclamsia, las hemorragias, las infecciones y los abortos inseguros. Muchas de estas causas se relacionan con la falta de acceso a servicios de salud de calidad, que se asocian con costos elevados de la atención médica, deficiencias en los insumos y equipos, y la falta de personal capacitado. Asimismo , existen barreras estructurales como las leyes, políticas y prácticas que perpetúan la discriminación contra las mujeres en el ámbito social, económico y familiar.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha reiterado la falta de acceso a servicios adecuados de salud materna constituye una violación de los Derechos Humanos de las mujeres, especialmente a su integridad personal, a la salud reproductiva y a la discriminación. Asimismo, ha señalado que es imprescindible que los Estados cumplan con sus internacionales en esta materia y que se "requieren medidas prioritarias inmediatas" para atender la mortalidad materna. Dentro de las recomendaciones emitidas por la CIDH a los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos para el cumplimiento de sus obligaciones se encuentra el acceso oportuno a recursos judiciales efectivos para las mujeres que consideren que el Estado no ha observado sus obligaciones en esta materia. Por ello, aunado a las acciones de los Estados para evitar la muerte materna en el sector salud, es indispensable que se promueva el acceso a la justicia tanto en casos de muerte materna como de complicaciones severas e incapacitantes.
El principal mecanismo para garantizar la debida investigación de estas violaciones y su sanción es asegurar que las víctimas y sus familiares tengan acceso a recursos efectivos y protección judicial. Asimismo, las investigaciones judiciales para determinar la atribución de la responsabilidad de los Estados resultan una medida necesaria para identificar y erradicar las prácticas discriminatorias que perpetúan la mortalidad materna, reparar el daño de las víctimas y promover medidas legislativas y de política pública para que dichos casos no se repitan.[cita requerida]
De los 4,4 millones de abortos realizados en la América Latina y el Caribe en 2008, el 95 % fueron calificados como inseguros. El aborto con medicamentos usualmente basado en misoprostol obtenido de una variedad de fuentes, es cada vez más común en toda la región y ha aumentado la seguridad de los procedimientos clandestinos. El uso de este método es particularmente común en Brasil, Colombia, Ecuador, México, Perú y la República Dominicana. Las mujeres sin recursos o con otras desventajas recurren a métodos inseguros y a lugares o personas inadecuadamente capacitados. Según la Organización Mundial de la Salud, en 2008, el 12 % de todas las muertes maternas en América Latina y el Caribe (1100 en total) se debieron a abortos inseguros. Cerca de un millón de mujeres en América Latina y el Caribe son hospitalizadas anualmente para ser tratadas por complicaciones derivadas de abortos inseguros.
Debate sobre el aborto
Desde una perspectiva de salud pública, se ha observado que en países donde no es legal se propicia que se incurran en métodos con alto riesgo para la salud de la madre, inclusive su muerte. Por lo que resulta que países con restricciones a abortos inducidos tienen alta incidencia en el uso de métodos inseguros para la salud de la madre, en comparación con países sin restricciones.[20]
La Organización Mundial de la Salud ha propuesto abordar el problema del aborto inducido con métodos inseguros para la mujer proponiendo la legalización del aborto, la capacitación del personal médico y asegurar el acceso a servicios de salud reproductiva y planificación familiar.[21]
En Estados Unidos se ha encontrado una relación estadística entre el comienzo de la libertad de la mujer sobre abortar y la disminución de la violencia criminal 20 años después.[22] Los defensores de la penalización del aborto sostienen que el feto y el embrión constituyen un ser humano con todos los derechos
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